La Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo señala que sumar cargas tributarias al transporte aéreo afecta el crecimiento del sector, la conectividad y el desarrollo económico del país.
BOGOTÁ. La Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo (ANATO) expresó de manera formal su profunda preocupación frente a la expedición del Decreto 0625 de 2026 por parte del Ministerio de la Igualdad y Equidad. La normativa reglamenta un nuevo impuesto de salida del país por vía aérea aplicable a ciudadanos nacionales y extranjeros, sean o no residentes en Colombia, fijando un cobro equivalente a un dólar estadounidense (o su valor en pesos colombianos según la TRM vigente) que se recaudará directamente al momento de la compra de cada tiquete aéreo internacional. Los fondos recaudados serán administrados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para financiar planes de prevención y combate contra la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes (ESCNNA) y la pornografía infantil.
Paula Cortés Calle, presidente ejecutiva de ANATO, enfatizó que la imposición de nuevas cargas impositivas al transporte aéreo impacta negativamente la competitividad del ecosistema turístico. La dirigente gremial recordó que los tiquetes aéreos en el país ya se encuentran gravados con un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 19%, sumándose a una carga tributaria sectorial considerable. Si bien el gremio comparte plenamente el objetivo social de proteger a la niñez, sostiene que dicha meta debe alcanzarse mediante mecanismos articulados por las entidades competentes, evitando transferir mayores costos a los viajeros o nuevas obligaciones operativas a los actores de la cadena de distribución.
Existencia de mecanismos vigentes y solicitud de reducción del IVA
La asociación empresarial reiteró su firme compromiso con la prevención de la explotación infantil en el ámbito de los viajes y el turismo, precisando que la legislación turística colombiana ya cuenta con instrumentos financieros activos para este fin. Específicamente, el artículo 43 de la Ley 300 de 1996 (modificado por la Ley 1101 de 2006) estipula que un porcentaje anual de los recursos del Fondo Nacional de Turismo (FONTUR), junto con las multas impuestas a prestadores de servicios turísticos bajo la Ley 679 de 2001, deben ser destinados de manera obligatoria a campañas de prevención, formación y sensibilización sobre esta problemática.
Frente a este panorama, ANATO recordó que ha venido insistiendo de manera reiterativa ante el Gobierno nacional en la necesidad de reducir la tarifa del IVA del 19% al 5% para los tiquetes aéreos de pasajeros y sus servicios conexos con el fin de estimular el mercado. Por ello, consideran contradictoria la reglamentación de un cobro internacional adicional cuando ya existen herramientas normativas sectoriales diseñadas para el mismo propósito social. Finalmente, el gremio aseguró que mantendrá una postura constructiva y de diálogo respetuoso, buscando que las decisiones normativas cumplan sus objetivos de protección social sin mermar la conectividad ni sobrecargar a los usuarios y empresas del sector.
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