LIMA / CUSCO. – El Congreso de la República oficializó la nueva Ley del Boleto Turístico, un marco legal que redefine la administración y distribución de los ingresos generados por el acceso a museos, monumentos arqueológicos y sitios históricos en todo el territorio nacional.
Gestión regional y nuevos comités
La normativa establece la creación de comités de coordinación departamental, los cuales tendrán la responsabilidad de definir las rutas, los circuitos turísticos y las tarifas de los boletos. Esta medida busca una gestión más técnica y ajustada a la realidad de cada región.
En el caso específico de Cusco, la ley otorga un respaldo fundamental a la estructura actual:
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Reconocimiento oficial: Se valida legalmente el Boleto Turístico del Cusco.
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Permanencia de COSITUC: Esta entidad se mantiene como la responsable de la administración, distribución y control de los recursos.
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Reparto de ingresos: Los fondos recaudados se distribuirán entre las municipalidades locales, la Dirección Desconcentrada de Cultura (DDC) y la Gerencia Regional de Turismo.
Modernización y exclusiones clave
La nueva legislación deroga la anterior Ley 28719 y marca el inicio de una era tecnológica para el sector:
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Boleto Digital: Se dispone la implementación progresiva de plataformas digitales para la venta y control de accesos, buscando mayor transparencia y facilidad para el usuario.
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Excepciones: Es importante precisar que el Parque Arqueológico de Machu Picchu y la Red de Caminos Inca quedan excluidos de esta norma, manteniendo sus propios regímenes especiales de gestión.
Con esta ley, el Estado busca profesionalizar la recaudación turística y asegurar que los ingresos retornen directamente al mantenimiento y promoción de los sitios que los generan.
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